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lunes, 22 de noviembre de 2010

domingo, 21 de noviembre de 2010

DECRETO 1290

Debido a las deficiencias del decreto anterior y a un estudio de factibilidades realizado, se derogó el decreto 230, y actualmente rige el decreto 1290, que lleva únicamente un año de ejecución.
El ámbito de la evaluación éste decreto se refiere al cubrimiento de tres tipos de evaluación: (1) evaluación internacional, relacionada con la participación en pruebas internacionales; (2) evaluación nacional, relacionada con las pruebas censales periódicas, tales como las SABER y el Examen de Estado; y (3) evaluación institucional, relacionada con el sistema interno de evaluación de los estudiantes en los establecimientos educativos.
Cada establecimiento educativo fija los criterios para la promoción de grado de acuerdo con su sistema institucional de evaluación. Promoción anticipada la recomienda el Consejo Académico al Consejo Directivo, y solamente procede dentro del primer periodo del año escolar.
El establecimiento educativo tiene autonomía para establecer su propia escala de valoración para la evaluación, con sus equivalencias con respecto a la escala nacional: desempeño superior, alto, básico y bajo.
Los procedimientos para nivelar a los estudiantes con áreas reprobadas, o con atrasos en los logros planeados, son definidos por el establecimiento educativo y hacen parte del sistema de evaluación institucional.

VENTAJAS
1. En el proceso de evaluación se incluye la autoevaluación de los estudiantes. Si este tipo de evaluación se hace a conciencia se pueden sacar conclusiones valiosas sobre el proceso, dificultades, fortalezas, de cada educando
2. Cada establecimiento educativo definirá y adoptará su escala de valoración de los desempeños de los estudiantes en el sistema de evaluación, esto ha producido una variedad de escalas numéricas que están unificadas por los niveles de desempeño superior, alto, básico y bajo.
3. Una de las responsabilidades del Ministerio de Educación Nacional es evaluar la efectividad de los diferentes sistemas de evaluación de cada institución; si esto se lleva a cabo de manera oportuna y eficaz puede corregir a tiempo las fallas de los sistemas beneficiando la comunidad educativa y mejorando la calidad de la educación colombiana.
4. Otro aporte significativo de las secretarias de educación de las entidades territoriales es el análisis de la coherencia entre las pruebas de estado y los resultados de los sistemas de evaluación de cada institución, comprobando así la validez y pertinencia en el diseño de ambos.
5. Se deben presentar a las pruebas de estado la totalidad de los estudiantes de los grados evaluados, esto garantizará que la posición de los colegios en Colombia sea justa y refleje la realidad de los estudiantes de cada institución.
6. Se enuncia que los estudiantes cuentan con derechos pero también con deberes a nivel académico y de convivencia.

INCONVENIENTES
Como el decreto lleva menos de un año lectivo en ejecución es difícil hablar de desventajas por lo que nos centramos en los inconvenientes que hasta ahora ha presentado.

1. Cada establecimiento puede determinar los criterios de promoción escolar, ésta es la diferencia más visible entre este decreto y el 230, ya que las instituciones fueron autónomas para determinar quien debía pasar al siguiente nivel y quien debía reprobar.
En algunas de las instituciones se liberó la cantidad de estudiantes que pueden reprobar el año y aumentaron el nivel de exigencia, esperando que los estudiantes respondieran de manera responsable y autónoma a estos cambios, sin embargo el proceso de desaprender costumbres como la de realizar el menor esfuerzo, dejar todo para lo último y realizar trabajos con poca calidad tomarán cierto tiempo y aún en este aspecto no se ve una diferencia marcada entre el decreto 1290 y el anterior.

DECRETO 230 DE 2002

Este decreto por el cual se dictan normas en materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos y también de evaluación Institucional, en su momento dado fue considerado como el revolucionario de la evaluación educativa.

ASPECTOS POSITIVOS.
1. El año se divide en 4 periodos, en cada uno se entregan informes de evaluación. La evaluación no sólo se realiza a los educandos, sino también a las instituciones.
2. Las comisiones de evaluación y promoción son una herramienta útil para determinar que desempeños y logros se han cumplido y hasta qué punto, además permiten obtener una visión general sobre las condiciones académicas y disciplinarias de los educandos.
3. Al finalizar el año lectivo si hay áreas o asignaturas perdidas el colegio entrega planes para estudiar en vacaciones y al iniciar el año siguiente presentara una evaluación.
4. Hay una comunicación periódica y transparente entre el colegio y los padres de familia.
5. Controles para los casos en que la repetición es un problema de la Institución.
6. Se establecen comisiones de Evaluación y promoción con reuniones permanentes para el control del proceso educativo. En cuanto a los informes de evaluación se requiere que incluyan información detallada sobre fortalezas y dificultades, recomendaciones y estrategias para mejorar. Anteriormente los informes incluían únicamente los indicadores de cada materia y la nota correspondiente.
7. Permite la continuidad del estudiante en el grado siguiente mientras nivela los logros pendientes del año anterior.
8. Introducción de áreas optativas: Este punto es clave en la educación media y en la superior, ya que el educando puede elegir asignaturas en las cuales quiera profundizar teniendo en cuenta sus gustos, aptitudes y el perfil profesional que desee adoptar.
9. Establece la obligatoriedad de los rectores, directores o coordinadores para atender a los padres que lo solicitan para tratar temas relacionados con la educación de sus hijos.
10. Establece que no se pueden retener los informes periódicos académicos, solo en casos en que no se paguen los costos educativos y que los padres no demuestren la razón.
11. Se incluye el diseño general de planes especiales de apoyo para estudiantes con dificultades de aprendizaje. Esta norma está incluida en la ley, pero en realidad pocas instituciones se dan a la tarea de ayudar de manera efectiva a los estudiantes con este tipo de dificultades, no sólo promoviéndolos sino investigando problemas de aprendizaje de fondo, realizando acompañamientos efectivos, etc. Cuando no se hace un seguimiento oportuno las consecuencias pueden ser la pérdida del año escolar y muchas veces la deserción escolar.

ASPECTOS NEGATIVOS.
1. No tiene en cuenta las diferencias sociales culturales de los educandos.
2. No tiene en cuenta los ritmos individuales de aprendizaje.
3. El garantizar la promoción del 95% de los educandos por grado hace que muchos estudiantes se esfuercen el mínimo y en las instituciones impera la mediocridad y la irresponsabilidad por la posibilidad de recuperar logros. Quedan muchos vacios conceptuales y procedimentales que se ven reflejados cuando los estudiantes se someten a exámenes externos como las pruebas ICFES o de ingreso a instituciones de educación superior.
4. En algunas instituciones las recuperaciones no sólo se hacían al final del año, sino al final de cada periodo académico haciendo que los educandos que no quisieron trabajar en dos meses pretendan recuperar todo el tiempo perdido en una semana. Esta situación crea mediocridad y pereza, ya que los estudiantes saben que cuentan con más oportunidades.
5. Favorece el egoísmo y la arrogancia de los más aventajados y sentimientos de impotencia en los estudiantes que más se demoran para aprender.
6. El decreto carece de valores de responsabilidad y puntualidad.
7. El alumno ingresa al siguiente grado con logros pendientes en dos áreas o una, solamente reprueban aquellos con valoración final deficiente o insuficiente en tres o más áreas; esto significa alumnos promovidos con cinco o más asignaturas reprobadas. Este tipo de situaciones generan inconformidad y desmotivación en aquellos estudiantes que si se esfuerzan.
8. Permite la promoción automática en la básica primaria.
9. Aunque en su momento de aplicación fue muy acogido por la comunidad educativa, se llego a un término en que los estudiantes lo tomaron como facilista y se llego al término de tener bachilleres muy mal preparados.

COMPARANDO DECRETOS 1290 Y 230


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domingo, 14 de noviembre de 2010